El pasado 19 de noviembre de 2024 el gobierno de España aprobó un nuevo reglamento de extranjería para mejorar la integración de los migrantes a través de nuevas figuras y modificación y mejora de otras; entrará en vigor el 20 de mayo de 2025
El objetivo del reglamento es facilitar las vías de migración y simplificar los procedimientos, regular el trabajo temporal y mejorar la reagrupación familiar.
PUNTOS CLAVE:
1. Las autorizaciones iniciales tendrán una validez de un año, y las renovaciones de las mismas serán por 4 años.
2. El visado para búsqueda de empleo: se ha extendido de tres meses a un año a un año el visado para la búsqueda de empleo, creado para migrantes con formación en sectores donde hay una alta demanda de empleo sin cubrir por los propios ciudadanos españoles. Mayor flexibilidad para las personas que estén estudiando o investigando y deseen trabajar durante su estancia por estudios, facilitando la modificación de la autorización de estancia por estudios a la autorización de trabajo.
3. Estos son los 5 tipos de arraigo: se reduce el tiempo de 3 años a 2 para poder solicitar dicha autorización
4.Incompatibilidad de la protección internacional con el arraigo: El tiempo transcurrido como solicitante de protección internacional no cuenta para cómputo de arraigo, además no se puede presentar dicha solicitud mientras se es solicitante de protección internacional. Todos los permisos de arraigo tendrán una duración de un año, salvo el arraigo familiar cuya duración es de 5 años.
5. Reagrupación familiar:
6. Estancia por estudios: las personas que vengan a España para cursar sus estudios obtendrán una autorización de estancia inicial que durará el mismo tiempo que su formación, una vez finalizada se les facilitará una vía rápida para poder enlazarla con una de trabajo cuando acaben los estudios. Además, se puede compatibilizar la estancia por estudios con un trabajo de máximo 30 horas semanales
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